Domingo, 14 de Junio de 2009 |
El objetivo: el encuentro. La finalidad: abordar temas propuestos y de su interés. El lugar: la Estación de Balisamiento. Los participantes: 300 niños y jóvenes de Puerto Madryn que desean contar con un lugar de encuentro para expresarse a través de lo que más les gusta, la música, el baile y el compartir. |
lunes, 15 de junio de 2009
El “Consejo de Jóvenes” del CONAF convocó a 300 chicos de toda la ciudad
jueves, 4 de junio de 2009
Actividades por el Día Mundial Sin Tabaco
Con una importante convocatoria de público en la zona del Monumento a la Mujer Galesa y bajo el lema "elegí la vida, elegí Madryn 100% libre de humo de tabaco" se desarrolló en la mañana de ayer la anunciada caminata por la salud y una gran barrileteada hasta pasado el mediodía. Con una importante convocatoria de público en la zona del Monumento a la Mujer Galesa y bajo el lema «elegí la vida, elegí Madryn 100% libre de humo de tabaco» se desarrolló en la mañana de ayer 31 la anunciada caminata por la salud y una gran barrileteada hasta pasado el mediodía. Enmarcada en el Programa “Madryn No Pares Salud” - guiada por los profesores de la Subsecretaría de Deportes - y con la participación de las murgas locales «sabor a murgón» y «los leones murgueros», los integrantes del CONAF (Grupos TAC y MAC), del taller de campamento de la Escuela provincial Nº42, CERELADI, Iglesia Luna Nueva, GRUPO GIA, Promotores territoriales, CAINAR, el Grupo de los Exploradores del Rey de la Iglesia Adventista del 7º día y el Grupo Scout «Almirante Srorni» se llevó la “Caminata por la Salud» por la rambla. Tras ello se realizó la “Barrileteada Saludable” que contó con la adhesión de la Red Vital (Farmacias Central, Atlántica, Moderna y de la Costa). |
miércoles, 3 de junio de 2009
Objetivos del CONAF
- Elaborar y proponer Proyectos y Programas en materia de Niñez, Adolescencia y Familia.
- Promover la participación de la comunidad.
- Promover al desarrollo personal y social de los niños y adolescentes.
- Promover la realización de todo tipo de eventos que desarrollen una conciencia social abordando la temática de la Niñez y Adolescencia como una tarea que atañe a la comunidad en su conjunto.
Funciones del CONAF
- Coordinar los esfuerzos de la comunidad y el estado para atender integralmente a los Niños y Adolescentes con acciones de promoción, prevención, asistencia y protección.
- Generar e integrar redes con distintas entidades a nivel provincial y nacional.
- Difundir la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño la Ley Provincial N° 4347 de Protección de la Niñez, Adolescencia y la Familia.
- Promover el desarrollo de investigación y capacitación en la materia.
- Arbitrar los medios de evaluación y seguimiento para orientar a las organizaciones civiles a los efectos de dar cumplimiento a la presente Ley.
- Recabar, recibir y vehiculizar las inquietudes de los niños y de los adolescentes.
- Asesorar al Estado Municipal en lo referente a las políticas públicas en el área de la niñez y adolescencia, proveyendo información y datos pertinentes.
- Crear y organizar subcomisiones para problemáticas específicas.
Qué es el CONAF?
El Consejo impulsa relaciones con organismos gubernamentales, no gubernamentales e intergubernamentales y organizaciones de la sociedad civil, con el propósito de alentar la participación comunitaria de niños, adolescentes y adultos mayores, a partir de la promoción y coordinacón de actividades recreativas, culturales y expresivas. Entre otras iniciativas procura el fortalecimiento de un sistema integral socioeducativo. Impulsa actividades para la rehabilitación de jóvenes con adicciones, asesora técnica y adiministrativamente a las áreas nacionales, provinciales y municipales, desarrolla políticas para agilizar y facilitar la adopción de niños, avanzando en la constitución de ámbitos jurisdiccionales para asistir a chicos y sus familias, y profundizando el sistema de información sobre esta problemática.
Comedor Infantil de Puerto Madryn
De 8hs. a 14hs. - te.: 451255
Un poco de historia...
En el “año 1961, el padre Berg, párroco de nuestra
parroquia, llama a una asamblea de madres de la ciudad”, "con el fin de hacer frente a la situación económica que sufrían muchos
niños de esta ciudad". De esa reunión surgió una comisión formada por las
siguientes personas:
Presidenta: María Corbetto de Pérez,
Vicepresidenta: Frieda Grimm de Bertram,
Secretaria: Julia de Castro de Maté,
Prosecretaria: Albina Smit de Feijoo,
Tesorera: Martha Remussi,
Vocales: María del Carmen G. de Estevan, Cándida Torres de Gioia, Nieves
Errozarena, Concepción de Elias, Olga de Boca.
Nuestra ciudad estaba pasando un período muy crítico, no había trabajo,
la desocupación y la miseria entró en los hogares más desamparados. Los chicos
que se podía hacer, sería en primer lugar la creación del Comedor Infantil.
precaria en el barrio donde vivía la mayoría de estos chicos, frente al hospital
y cerca de una escuela; el edificio constaba de dos habitaciones de cuatro por
cuatro metros, una cocina de chapa forrada con madera, y se construye un baño.
Con la ayuda de la provincia se levanta un salón de ocho por cuatro metros que
se utilizó como comedor.
Se comenzó sin nada y junto con el apoyo del pueblo se pudo organizar.
para que oficien de recolectoras, teniendo cada una sus respectivas manzanas.
En esa época era gobernador el Sr. Roque Gonzalez y ocupaba la
intendencia el Sr. Antonio Rodríguez Ríos, quienes prestaron todo su apoyo y
colaboración.
El 29 de septiembre de 1962 se abren las puertas del comedor. En casi un
año pudimos conseguir los muebles, la vajilla y el personal, que eran cuatro,
una ecónomo que representa a la comisión y tiene a su cargo la preparación del
menú, las compras, etc. , ella era la Sra. Palmira de Paula de Pazos. Cocinera,
ayudante en general, sirviendo las mesas, entreteniendo a los chicos y
llevándolos al médico, la Sra. Beatriz Rial.
Se inició con 80 niños, casi todos en malas condiciones de salud,
existiendo casos de afecciones pulmonares, raquitismo, etc.
Debemos destacar la obra del Dr. Elías Peretz Smolarky, quién se
presento de forma inmediata ofreciendo su ayuda gratuita para atender en su
consultorio, no solo prestando asistencia y tratamiento sino también
medicación. También recibimos mucha ayuda del Hospital.
El 3 de octubre de 1963 el Gobierno de la Provincia nos otorga la
personería jurídica. Nuestro asesor es el Dr. Woodley para aquellas cuestiones
legales y la contaduría, el contador Ferrari, los dos también en forma gratuita.
El 1 de diciembre de 1964 el Ministerio de Marina dona un terreno”, “para que se construya el edificio, siendo
entregado por la Prefectura”.
“Durante los años 1963/1966, el consultorio de la institución prestó
atención clínica y proveyó de los
respectivos remedios para cada caso a 575 niños de 2 a 5 años.
necesidad de estar presentes y hacer frente a las carencias del futuro…”[1]
[1] Leído por
María Corbetto de Pérez, “Tita”, en la cena del 43° Aniversario del Comedor
Infantil de Puerto Madryn, el día sábado 17 de Septiembre de 2005.
Derechos del Niño
Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre 1959
PREAMBULO
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en su Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y su determinacion de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto mas amplio de la libertad,
Considerando que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaracion Universal de los Derechos Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distincion alguna de raza, color, sexo, idioma, religion, opinion politica o de cualquiera otra indole, origen nacional o social, posicion economica, nacimiento o cualquiera otra condicion,
Considerando que el niño, por su falta de madurez fisica y mental, necesita proteccion y cuidado especiales, incluso la debida proteccion legal, tanto antes como despues de su nacimiento,
Considerando que la necesidad de esa proteccion especial ha sido enunciada en la Declaracion de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y reconocida en la Declaracion Universal de los Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle,
La Asamblea General por lo tanto
Proclama la presente Declaracion de los Derechos del Niño a fin de que este pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian, e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra indole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:
PRINCIPIO 1
El niño disfrutara de todos los derechos enunciados en esta Declaracion. Estos derechos seran reconocidos a todos los niños, sin excepcion alguna, ni distincion o discriminacion por motivos de raza, color, sexo, idioma, religion, opiniones politicas o de otra indole, origen nacional o social, posicion economica, nacimiento u otra condicion, ya sea del propio niño o de su familia.
PRINCIPIO 2
El niño gozara de una proteccion especial y dispondra de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse fisica, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, asi como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideracion fundamental a la que se atendera sera el interes superior del niño.
PRINCIPIO 3
En niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
PRINCIPIO 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendra derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberan proporcionarse, tanto a el como a su madre, cuidados especiales, incluso atencion prenatal y postnatal. El niño tendra derecho a disfrutar de alimentacion, vivienda, recreo y servicios medicos adecuados.
PRINCIPIO 5
El niño fisica o mentalmente impedido o que sufra algun inpedimento social debe recibir el tratamiento, la educacion y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
PRINCIPIO 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprension. Siempre que sea posible, debera crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no debera separarse al niño de corta edad de su madre.
La sociedad y las autoridades publicas tendran la obligacion de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra indole.
PRINCIPIO 7
El niño tiene derecho a recibir educacion, que sera gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dara una educacion que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro util de la sociedad.
El interes superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educacion y orientacion; dicha responsabilidad incumbe, en primer termino, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberan estar orientados hacia los fines perseguidos por la educacion; la sociedad y las autoridades publicas se esforzaran por promover el goce de este derecho.
PRINCIPIO 8
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban proteccion y socorro.
PRINCIPIO 9
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotacion. No sera objeto de ningun tipo de trata.
No debera permitirse al niño trabajar antes de una edad minima adecuada; en ningun caso se le dedicara ni se le permitira que se dedique a ocupacion o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educacion, o impedir su desarrollo fisico, mental o moral.
PRINCIPIO 10
En niño debe ser protegido contra las practicas que puedan fomentar la discriminacion racial, religiosa o de cualquiera otra indole. Debe ser educado en un espiritu de comprension, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energias y aptitudes al servicio de sus semejantes.
martes, 2 de junio de 2009
Hogar Emanuel
O. Unidos 1650 - Comercio IV
Tel.: 473899
Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia
9 de Julio y Bouchard
Tel.: 453905
INADI
Derechos Humanos. Discriminación. Xenofobia. Racismo. Servicio de protección.
Mitre 384 . De 8hs. a 12hs. y de 15hs. a 17hs.
Tel.: 472108
chubut@inadi.gov.ar
Policía Comunitaria
Responsable de 7hs. a 21hs.
Centro Pozzi
Juan Acosta y Tucumán - 451387
pozzi@live.com.ar
Centro de Adicciones
Dirección: Dorrego 233
Teléfono: 471488
Mini-Hogar
Héroes de Malvinas 422 - Tel.: 451228
Cáritas
Tel.: 472463
- Barrio Pujol: Capilla "La Santa Cruz" - Mz. 871 - Chile y Ameghino
Tel.: 450599 - 475484
Salud, Familia y Comunidad
Juan Muzio y José Menéndez
Tel.: 453905
salud@madryn.gov.ar
Juzgado de Familia
Responsable: Fernanda Palma
Tel.: 470338
Servicio de Asistencia a la Víctima
Mosconi - Responsable: Sandra Scolari
Tel.: 451825
Servicio de Protección
9 de Julio y Bouchard.
Responsable: Julieta Sena.
serviciodeproteccion@madryn.gov.ar